Información Institucional

Plan Excepcional de Regularización 2026: Beneficios, quitas y financiación para matriculadas y matriculados en toda la provincia

La medida dictada por el Consejo Superior estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2026 inclusive. Abarca regímenes especiales para profesionales en actividad, grandes deudas, profesionales que no están ejerciendo o que han accedido a la jubilación.

En el marco de la entrada en vigencia de las Leyes Provinciales N° 11082 y N° 11083, el Consejo Superior del Colegio de Profesionales en Trabajo Social de la Provincia de Córdoba aprobó la Resolución N° 339/26, mediante la cual se instituye el «Plan Excepcional y Transitorio de Regularización de Deuda de Matrícula Profesional y Régimen de Facilidades de Pago 2026».

El presente régimen tiene alcance provincial para todas las Delegaciones Regionales (Centro, Sur, Sureste, Este, Norte y Noroeste) y mantendrá su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2026 inclusive. Su objetivo principal es ofrecer esquemas equitativos y accesibles de regularización antes de la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley N° 11083, que prevé la suspensión preventiva y posterior cancelación de matrículas con mora igual o superior a doce meses.

Esquemas de beneficios por categoría

La normativa contempla condiciones diferenciadas y establece las siguientes medidas:

Grandes deudas (más de 100 cuotas adeudadas): se fija un tope máximo de cobro equivalente a 100 cuotas recalculadas al valor de la matrícula individual vigente. En casos de pago al contado por medios electrónicos, se otorgará un descuento adicional del 25% sobre el saldo consolidado. Para la modalidad financiada, se requiere una entrega inicial del 15% y el saldo restante en hasta 12 cuotas fijas sin interés.

Matriculas activas: Quienes ejercen la profesión y registran deuda podrán suscribir un convenio con una entrega inicial del 15% y el resto en hasta 12 cuotas fijas sin interés. La cuota del plan no podrá ser inferior al valor de la matrícula corriente, debiendo abonarse esta última en simultáneo para sostener la condición de habilitación activa.

Personas sin ejercicio profesional acreditado: Aquellas/os colegiadas/os quienes certifiquen no haber ejercido la profesión durante el período de la mora accederán a una quita especial del 70% (conforme Anexo II / Art. 5°) sobre la deuda histórica. Podrán abonar el saldo resultante con una entrega inicial del 5% y hasta 12 cuotas fijas sin interés, resolviendo en el mismo acto su situación para evitar el devengamiento de nuevas cuotas.

Profesionales jubiladas/os: para quienes no hayan notificado oportunamente su condición de retiro, se establece un cálculo histórico cobrándose un máximo de 24 cuotas al valor de la matrícula de jubilado/a (equivalente al 25% del valor ordinario). El saldo se cancela con una entrega del 5% y el resto en hasta 12 cuotas fijas sin interés.

Recaudación digital y medios de pago

A fin de agilizar la imputación de trámites y evitar demoras administrativas, los convenios de regularización y cuotas corrientes se gestionarán a través de la cuenta unificada de recaudación digital. Se promueve el uso de medios electrónicos como código QR, botones de pago, cupones de Rapipago/Pagofácil y débito automático.

Para revisar tu estado de cuenta, simular tu plan de regularización y consultar la resolución completa, ingresá al portal institucional:

Acceder al sistema de autogestión y planes de pago aquí: https://cptscba.org/sistema/

AQUÍ DOCUMENTO COMPLETO (339)

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